En Portugal no aceptan que pase Google Street View
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La Comisión Nacional de Protección de Datos de Portugal (CNPD) a los coches de Google Street View no les permite circular para obtener información.
El organismo ha decidido rechazar la autorización para tomar fotografías de las calles del país. Pues Google tampoco ha cumplido su promesa de promorcionarle a la CNPD la información que pidieron sobre las técnicas usadas para “tapar” las placas de coches y rostros de personas. La empresa le ha respondido al gobierno portugués que aunque el sistema difuma de forma automática las caras y las matrículas, no deja de ser falible. Además, Google les recuerda que cualquier problema de este tipo puede ser reportado a través del servicio.
El manejo de la privacidad es un asunto muy delicado, sobre todo en una época como esta en que la frontera entre la red de redes y la vida real se ha difuminado por completo con herramientas como flogs,blogs twitter y facebook.
Estas tecnologías se metieron tanto dentro de nuestra vida cotidiana que han provocado un nuevo significado de la privacidad. El gobierno portugués, desde esta perspectiva, actúa como mejor puede: tratando de garantizar el bienestar de los datos de sus ciudadanos.
Victoria de la GPL en un juzgado estadounidense
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La Software Freedom Conservancy, que representa a Erik Anderson, el autor de BusyBox, acaba de conseguir una victoria importante para el software libre en un juicio contra varios fabricantes de hardware que incluían BusyBox en sus dispositivos sin cumplir con los términos de la licencia GPL.
En una sentencia parcial del caso Software Freedom Conservancy v. Best Buy, la juez ordena a uno de los demandados, Westinghouse Digital Electronics, el pago de 90.000 dólares por daños y perjuicios, cerca de 50.000 dólares en costas, y la donación a beneficencia de todos los dispositivos con BusyBox que aún no haya vendido.
Es importante porque es la primera vez que un juzgado estadounidense paraliza la distribución de software que viola la licencia GPL.El juicio todavía continúa para los trece demandados restantes.
Fuente:Barrapunto
En Chile se aprobó el Proyecto de Ley de Neutralidad en la Red
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La Cámara de Diputados ha votado el Proyecto de ley de Neutralidad en la Red, presentado en 2007 y que hoy finalmente esta por convertirse en una ley de la República de Chile.
En el debate público el proyecto de ley de Neutralidad en la Red, se aprobo con 99 Votos a Favor , 0 en Contra y 1 abstención.
Importante fue la intervención del Diputado Gonzalo Arenas, al resolver el problema de la inclusión del concepto de “Arbitrario” en la ley, lo cual podría implicar que los ISP se cuelguen de dicho concepto para escudar sus intervenciones, bloqueos y entorpecimientos, sin embargo, la intervención de Arenas, deja sentado en la historia de la creación de esta ley que este concepto será definido por la SUBTEL y no por los ISP, lo cual salva el único punto discutible de la redacción final de este proyecto.
El proyecto se va al Tribunal Constitucional, luego, promulgar y publicar. Si el Tribunal Constitucional no tiene nada que decir al respecto, significa que ya Chile es el primer país del mundo en consagrar el principio de Neutralidad en la Red dentro de su legislación!
Segun la UE :Google, Microsoft y Yahoo! incumplen las normas europeas sobre protección de datos personales
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La UE advierte a Google, Microsoft y Yahoo! de que incumplen las normas europeas sobre protección de datos personales. Sus métodos para garantizar el anonimato de las búsquedas de los usuarios continúa sin respetar la directiva comunitaria sobre protección de datos. Los responsables de protección de datos -que se reúnen en el denominado grupo de trabajo del artículo 29- enviaron sendas cartas a los tres buscadores en las que “admiten sus esfuerzos para adaptar sus políticas a la legislación europea de protección de datos”. Pero les piden que recurran a un auditor externo con el objetivo de “verificar su compromiso para que los datos de las búsquedas en Internet de sus usuarios sean absolutamente anónimos”, según informaron en un comunicado.

Proteccion de datos
El grupo de trabajo envió además copias de estas cartas a la vicepresidenta de la Comisión y responsable de Justicia, Viviane Reding, y a la Comisión Federal de Comercio de Estados Unidos. En esta última misiva, los responsables de protección de datos pidieron a las autoridades norteamericanas si la actuación de Google, Microsoft y Yahoo respeta las disposiciones de la normativa de EEUU que prohíbe las prácticas engañosas o injustas.
Estas cartas se envíaron después del llamamiento lanzado a los buscadores por las autoridades europeas para que reduzcan a seis meses el periodo durante el que almacenan los datos de las búsquedas antes de convertirlos en anónimos. El grupo de trabajo alertó de que el historial de búsquedas de un usuario incluye una “huella” de sus intereses y relaciones personales y de que esta información “puede utilizarse mal de muchas maneras”.
Los responsables de protección de datos pidieron además a las compañías que recorten el periodo de retención de datos de los actuales nueve meses a seis meses. El grupo de trabajo consideró “preocupante” la falta de actuación de la compañía para resolver los problemas de retención de datos teniendo en cuenta que su cuota de mercado en los países de la UE llega hasta el 95%.
“El tratamiento legal y justo de los datos personales por parte de los motores de búsqueda es cada vez más importante debido a la explosión y proliferación de datos audiovisuales (imágenes digitales, audio y contenido de vídeo) y el uso cada vez mayor de servicios de localización en Internet”, dijo el grupo de trabajo en un comunicado.
Yugoslavia desaparece en internet
A traves de abc.es nos enteramos que Yugoslavia ha pasado a la historia en internet al desaparecer el dominio nacional “.yu” después de catorce años de vida en el ciberespacio, según han informado los medios serbios.
ICANN, que ordena la aplicación de nombres y números en Internet, decidió la desaparición del dominio “.yu” porque el país había dejado de existir oficialmente en 2003.
La eliminación se hizo efectiva al mediodía (10.00 GMT), tras cumplirse un periodo de transición hacia los nuevos dominios “.rs” para Serbia y “.me” para Montenegro, habilitados por la corporación ICANN.
El dominio “.rs” está disponible desde hace dos años para permitir un periodo de transición, que en principio expiró el 30 de septiembre pasado pero que tuvo un periodo de gracia de seis meses a petición del registro nacional serbio, ya que aún quedaban unas 4.000 páginas web que usaban “.yu”.
Serbia y Montenegro formaron Yugoslavia de 1992 a 2003, año en el que el país pasó a llamarse Serbia y Montenegro, hasta que este último proclamó su independencia, en 2006, del Estado común. Este dominio ha sido uno de los últimos símbolos de la antigua federación socialista de Yugoslavia, formada por Eslovenia, Croacia, Bosnia-Herzegovina, Serbia, Montenegro y Macedonia, que se desintegró en la década pasada, en algunas casos tras sangrientas guerras.
isoHunt debera eliminar los torrents con derechos de autor
Leyendo un poco de noticias varias me entero en alt1040 que desde el pasado diciembre que isoHunt perdio el juicio tras una demanda interpuesta en 2006 por los estudios cinematográficos de EEUU, las cosas no le pintaban demasiado bien al popular tracker de torrents. Uno de los puntos claves en la determinación del juez para cerrar el sitio era alegar que aunque isoHunt propiamente no albergaba ningún material protegido por derechos de autor, ‘incitaba‘ (suena absurdo pero es así) a los usuarios a descargarlo.

isoHunt
Aunque Gary Fung, su fundador, creo una versión ‘lite‘ para intentar demostrar al juez que realmente estaba realizando una serie de funciones muy parecidas, sino idénticas, a las que hace cualquier buscador como Google, el juez no lo tuvo en cuenta.
La sentencia es similar a la impuesta a Mininova, probablemente junto con The Pirate Bay, el único que queda, de los grandes trackers de torrents históricos de internet.
Junto con isoHunt la sentencia también afecta a Torrentbox y Podtropolis.
Parece que los torrents deberan buscar otra forma de transmitirse y compartirse.¿Volveremos a intercambiar archivos por IRC?
Histórica sentencia de la Corte Constitucional: es legítimo favorecer el software libre
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Los chicos de softwarelibero.it nos cuentan que hace poco más de un año, el Consejo Regional de Piemonte aprobaba una Ley1, que establecía:

El software Libre es legal y respeta el principio de la libre competencia
“… la Región, en la elección de los programas para ordenador, favorece los programas pertenecientes a la categoría del software libre y a los programas en los que el código es inspeccionable por el licenciatario. ” (artículo 6, alinea 2°).
La elección fue tomada con entusiasmo por los partidarios del Software Libre y una gran parte de la sociedad civil, mientras que la Presidencia del Consejo de Ministros impugnaba esta norma, pidiendo al Tribunal Constitucional que la declarara ilegal.
El 23 de marzo, el Tribunal dictaminó que la preferencia por el software Libre es legal y respeta el principio de la libre competencia.
Destaca la Region:3 “no se comprende cómo una elección de una entidad, realizada en base a una cacterística, y no a un producto… puede ser considerada invasora de la normativa sobre la libre competencia”. Poco después, la misma Corte deja en claro: “Los conceptos de software libre y software de código abierto, no son nociones relativas a una tecnología determinada, marca o producto, sino que expresan una característica jurídica.”.
En esencia, segun la Corte, preferir Software Libre no infringe la libertad de competencia, ya que la libertad del software es una característica jurídica de carácter general y no una característica tecnológica ligada a un producto o marca specífica. Esta sentencia expone la inconsistencia de los argumentos que, hasta ahora, se han opuesto a la adopción de normas que favorezcan la utilización de Software Libre argumentando que estan en conflicto con el principio de “neutralidad tecnológica”.
Un nuevo punto a favor del Software libre del otro lado de mundo nos pone muy felices a los pro Software Libre.Los nuevos conceptos que se van tomando del lado legal y las decisiones por parte de los jueces demuestran que SL es mas que usar algo gratis y libre.
Lea la noticia original en softwarelibero.it
SCO pierde el juicio contra Novell
La batalla sin fin de SCO por obtener algo de dinero de enjuiciando a Novell,asegurando tener los derechos de autor de Unix, llego a su fin hoy o por lo menos eso parece.

SCO fuera de juego
Un jurado popular ha declarado a Novell como propietaria de la marca Unix, lo que hace que el eterno intento de SCO de hacer valer sus derechos para demandar a empresas relacionadas con este segmento se quede en nada.
Casi 8 años después de que SCO iniciara acciones legales contra IBM o Novell por -teóricamente- usar código de Unix en sus productos se ha cerrado un debate que probablemente haga que SCO desaparezca del mapa.
La empresa ya tuvo una sentencia en contra en 2007, pero apeló y logró que se revocara, aunque ahora la sentencia es definitiva y vuelve a confirmar la sentencia anterior: Novell es la propietaria del copyright de Unix, lo que permitirá evitar posibles demandas futuras por parte de SCO
“Novell está muy satisfecho con la decisión del jurado, que confirma la propiedad de Novell sobre los derechos de autor de Unix, que SCO ha clamado como propios en su ataque contra Linux. Novell permanecerá comprometido a promover Linux, incluso defendiéndolo en el frente de la propiedad intelectual”, afirmó Novell en un comunicado.
Mientras tanto, SCO reacciona de forma negativa, y pese al resultado del juicio, la empresa dijo que no desistirá en su demanda contra IBM, a la que acusa de apropiarse de Unix e introducir parte de su código en Linux.
En mi opinion personal , SCO debe admitir que esta fuera de mercado (hace años) y bajar los brazos de una vez, pelear en un mundo OpenSource hoy en dia es como pelear contra una ola de tsunami muy grande.
SCO, no puedes contra ella.
Google manda un ‘cease & desist’ al principal desarrollador de ROMs modificadas para Android
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Google ha enviado un Cease & Desist a cyanogen, un desarrollador independiente que lleva publicando varios meses sus propias versiones modificadas del famoso sistema operativo para móviles de la compañía californiana. Google alega que cyanogen no está autorizado a distribuir el código cerrado del que ellos son propietarios, y le insta a cesar sus prácticas inmediatamente.
A pesar de que el código de Android es abierto, existen aplicaciones cerradas para los servicios de Google, como Gmail, Google Maps o el Market de aplicaciones, entre otras. Esta última ha sido el motivo de las enojo de Google.
Con más de 30.000 usuarios, las ROMs de cyanogen se habían convertido en todo un fenómeno de masas entre los usuarios de Android, gracias a su combinación de estabilidad, incorporación continua de novedades y rendimiento superior al de las ROMs oficiales.
Cyanogen incluyó en las últimas actualizaciones de su “cyanogenmod” la nueva versión de la aplicación Market que Google tenía preparada para lanzar en breve OTA (Over The Air) con la actualización 1.6 (Donut) del sistema operativo en cuestión.
Por su parte, cyanogen ha alegado que él sólo hace ROMs para dispositivos “with Google” que se supone que incorporan de fábrica dichas aplicaciones , tal como apuntó el propio desarrollador en un canal de IRC al poco tiempo de conocerse la noticia.
Mas info en : Cyanogen
Fuente: barra punto
Reabierto el caso contra la web elitedivx.com
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La Audiencia Provincial de Murcia acaba de dejar sin efecto el sobreseimiento de la causa seguida contra la web elitedivx.com.
El caso se inició con una gran operación policial a comienzos de 2007 que incluyó la detención de 10 administradores de sitios web con enlaces a ficheros protegidos, alojados en redes P2P y no por los responsables de estas páginas. Poco después fueron puestos en libertad y no se ha producido condena ni juicio alguno.
El Juez de Instrucción n 4 de Cartagena ordenó el archivo definitivo de las actuaciones al entender que en la conducta de la página citada no había delito, pero ahora la Audiencia Provincial estima el recurso interpuesto por las Acusaciones Particulares y revoca la decisión del instructor.
El auto reconoce el posible carácter delictivo de los intercambios P2P “en la medida que a través de las páginas con enlaces P2P se pone a disposición de los usuarios de Internet los medios necesarios para la obtención de obras sujetas a derechos de Propiedad Intelectual, sin autorización de los titulares, las conductas que se realizan a través de las redes P2P tienen cabida en los comportamientos típicos del artículo 270.1 del Código Penal” de España, recoge la sentencia.
El auto niega, además, que las obras obtenidas mediante intercambios ‘Peer to Peer’ se puedan considerar copia privada, ya que son objeto de utilización colectiva.Según la cual sólo se considera “copia privada” la que procede de fuentes legales.
El Auto considera las conductas realizadas mediante el P2P pueden encajar en el concepto “comunicación pública” y añade que en esta comunicación pública existe ánimo de lucro, ya que la actividad de los imputados se hace como un auténtico negocio que les reporta importantes beneficios económicos.
La industria audiovisual se muestra optimista: “Este Auto coincide plenamente con lo que nuestra industria viene defendiendo desde el principio, esto es, perseguir de forma clara y contundente a estas páginas que, en su afán de hacer negocio, ponen en circulación archivos ilegales y de mala calidad que vulneran los derechos legítimos de sus propietarios”, manifestó José Manuel Tourné, director general de la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP).
El gran Problema
En España, las cifras de piratería son alarmantes: en 2008, se descargaron cerca de 350 millones de películas de forma ilegal a través de Internet, se incautaron 722.529 DVDs con films ilegales y 329.191 DVDs vírgenes, a los que hay que sumar las más de 2.000 tostadoras de DVDs y CDs intervenidas.
En lo que respecta al sector videográfico, según cifras de UVE (Unión Videográfica Española), la venta de DVD cayó un 23% en 2008 con respecto al año anterior, lo que en términos económicos se traduce en 48,7 millones de euros de pérdidas para el sector. El alquiler también experimentó un descenso similar, del 25%, en la comparativa 2007-2008.




